Con la Calculadora indemnización por despido, introduce tus datos y descubre cuánto te corresponde por despido, ya sea improcedente u objetivo, según la normativa laboral actualizada.
🧮 Calculadora de indemnización por despido
📘 ¿Cómo se calcula la indemnización por despido en 2025?
La indemnización por despido o cese del trabajador, en España se calcula en base a:
- El tipo de despido (objetivo o improcedente),
- El salario bruto mensual del trabajador incluyendo las pagas extraordinarias,
- La antigüedad en la empresa (años y días trabajados).
Tipos de despidos
Las causas que se describirán a continuación se engloban en 3 categorías principales:
- Despido objetivo
- Despido colectivo
- Despido improcedente
Causas de despido en España
En España, los despidos se dividen en base a las causas que los originan:
- Extinción laboral por traslado que exija cambio de residencia
- Modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo
- Expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio objeto del contrato
- Muerte, jubilación o incapacidad del empresario
- Voluntad del trabajador teniendo como causa incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del empresario
- Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción en virtud de despido colectivo
- Causas objetivas
- Despido disciplinario declarado improcedente, mediante un contrato para el fomento de la contratación indefinida
- Despido disciplinario declarado improcedente
- Expiración del tiempo convenido en la contratación temporal como medida de fomento al empleo de trabajadores discapacitados y de trabajadores de la empresas de inserción
📊 Ejemplo práctico: cálculo paso a paso
| Concepto / Tipo de Indemnización | Fórmula Aplicada | Datos Utilizados | Importe (€) |
|---|---|---|---|
| 🔹 Antigüedad | — | 5 años => 60 meses => 1.826 días | — |
| 🔹 Salario Diario | Salario anual / 365 días por cada año trabajado | 30.000 € / 365 | 82,19 € |
| 🟥 Despido Improcedente | Salario diario × meses × (33 días/año ≈ 2,75 mensualidades por año) | 82,19 € × 60 × (33 / 12) | 13.568,97 € |
| 🟧 Extinción por voluntad del trabajador (art. 50 ET) | Salario diario × meses × (33 días/año ≈ 2,75 mensualidades por año) | 82,19 € × 60 × (33 / 12) | 13.568,97 € |
| 🟨 Extinción por causas objetivas (procedente) | Salario diario × meses × (20 días/año = 1.66 mensualidades por año ) | 82,19 € × 60 × (20 / 12) | 8.223,62 € |
| 🟨 Despido colectivo procedente | Salario diario × meses × (20 días/año = 1.66 mensualidades por año) | 82,19 € × 60 × (20 / 12) | 8.223,62 € |
| 🟦 Extinción del contrato temporal | Salario diario × días × (12 / 365 días por cada año trabajado) | 82,19 € × 1.826 × (12 / 365) | 4.934,17 € |
| ✅ Límite de indemnización por despido improcedente | Máx. 24 mensualidades | (30.000€ / 12) × 24 = 2.500 × 24 | 60.000 € (no superado) |
📥 Preguntas frecuentes sobre el cálculo de indemnización
Se considera, pues, extrasalarial cualquier cantidad percibida por dicha extinción, con independen-
cia de la causa que la motive.
Si me despiden por causas económicas pero sospecho que no son reales, ¿puedo reclamar los 33 días por año en lugar de los 20?
✅ Sí.
Si la empresa alega causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, te corresponderán 20 días por año trabajado (despido objetivo), siempre que estas causas estén debidamente justificadas.
Sin embargo, si sospechas que la empresa ha provocado de forma intencionada una situación de falta de actividad o pérdidas, sin que existan verdaderas causas económicas que lo justifiquen, puedes impugnar el despido ante el juzgado. Si un juez considera que las causas no están acreditadas o que el despido está mal fundamentado, podrá declararlo improcedente, y en ese caso te corresponderían 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
🔎 Importante: No firmes “conforme” si no estás de acuerdo, y actúa dentro del plazo de 20 días hábiles desde la notificación del despido.
En un despido por causas económicas y productivas de la empresa, ¿hay que avisar con 15 días de antelación al trabajador?
✅ Sí.
En los despidos objetivos —incluidos los motivados por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción— la empresa debe comunicar el despido con una antelación mínima de 15 días naturales, salvo que opte por sustituir ese preaviso por una indemnización equivalente a esos días de salario (art. 53.1.c del Estatuto de los Trabajadores).
¿La indemnización por despido objetivo de 20 días por año trabajado tributa en el IRPF?
✅ No tributa en el IRPF, hasta el límite legal.
La indemnización por despido objetivo de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades, está exenta de tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), si no se supera el importe legal establecido (art. 7.e de la Ley del IRPF).
Si se paga una cantidad superior a la que marca la ley, la parte excedente sí tributa.
